Un informe reciente sobre las gafas inteligentes desarrolladas por Ray‑Ban en colaboración con Meta ha puesto de nuevo sobre la mesa dos cuestiones urgentes: la privacidad de las grabaciones y las condiciones laborales de quienes revisan ese material. Tras las revelaciones sobre el tipo de contenido que llegaba a manos de moderadores subcontratados en Nairobi, la empresa contratista despidió a 1.100 trabajadores, un desenlace con implicaciones tanto para usuarios como para reguladores.
Las gafas permiten capturar fotografías y vídeos de forma discreta; esa información se almacena en el dispositivo y, si el usuario lo autoriza, puede subirse a los servidores de la compañía. En sus reglas de uso, Meta explica que puede conservar, procesar y compartir ese contenido con sus propios productos o con proveedores externos para mejorar servicios.
Los problemas surgieron cuando dos moderadores explicaron a la prensa que, como parte de su trabajo, veían material muy sensible: personas desnudas, escenas sexuales, documentos financieros y grabaciones que, según dijeron, provenían de un modo de uso no consentido por terceros. A partir de esas declaraciones la contratista en Kenia procedió a despedir a cerca de 1.100 revisores.
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Gafas inteligentes provocan 1.100 despidos por revisar grabaciones íntimas
¿Qué tipo de material llegó a manos de los moderadores?
- Grabaciones con contenido íntimo o sexual en espacios privados.
- Capturas de datos personales y financieros visibles en pantalla.
- Vídeos filmados con la cámara activada sin que las personas grabadas lo supieran —descrito por algunos como uso en “modo espía”.
- Material que requería revisión manual para evaluar si infringía normas o para entrenar sistemas de inteligencia artificial.
Según los testimonios publicados, muchos de esos revisores trabajaban en condiciones precarias y con una remuneración muy baja. Aunque las gafas no graban de forma automática —la grabación depende de la activación por parte del usuario—, la autorización para subir y compartir ese contenido implica que terceros ajenos al propietario pueden acceder a archivos íntimos.
La situación plantea varios riesgos concretos: por un lado, la exposición no consentida de imágenes y datos sensibles; por otro, la carga psicológica y la falta de protección laboral para quienes moderan ese material. Además, queda la inquietud sobre el control real que los usuarios mantienen sobre sus propias grabaciones cuando los términos de servicio permiten el intercambio con proveedores.
Para entender el alcance, conviene separar dos responsabilidades: la del usuario —que activa la grabación— y la del proveedor del servicio —que decide cómo almacenar y procesar esos ficheros—. La tensión aparece cuando la tecnología facilita grabaciones que afectan a terceros y los acuerdos legales no garantizan transparencia ni salvaguardas suficientes.
Implicaciones prácticas para quienes usan este tipo de dispositivos:
- Revisar con cuidado las opciones de privacidad y los permisos asociados al dispositivo y a la app.
- Evitar grabar en espacios donde pueda captarse a personas que no han dado su consentimiento.
- Comprobar si existe un indicador claro de grabación y qué datos se comparten con la empresa.
- Exigir transparencia sobre quién accede a las grabaciones y en qué condiciones laborales se realiza esa revisión.
El caso encendido por las declaraciones desde Nairobi vuelve a abrir el debate sobre el equilibrio entre innovación y derechos básicos: cómo gestionan las empresas los datos captados por dispositivos portátiles, qué controles existen sobre los subcontratistas y hasta qué punto los usuarios conocen las consecuencias de otorgar permisos. Mientras tanto, reguladores y organizaciones de privacidad vigilan de cerca estos desarrollos.












